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domingo, 30 de marzo de 2014

OCAÑA, LA SEQUÍA Y LA CONTAMINACIÓN



Rio Algodonal. Foto OcañaHoy

Por Luis Eduardo Páez García

Todos vimos con horror las imágenes y videos de la tragedia ecológica ocurrida en Casanare, hace muy pocos días. Chigüiros, tortugas y centenares de reses, muriendo de sed entre charcas que sirvieron, a la vez, de cementerio para los ejemplares de la fauna colombiana. Las fotografías y los informes periodísticos, nos mostraron un escenario parecido a ciertas regiones africanas azotadas por los intensos veranos.

Esta vez, el país se conmovió, se indignó y los buenos periodistas comenzaron a indagar el origen del desastre. Hablaron los expertos ambientalistas, científicos, personalidades de la vida pública, políticos, campesinos de la zona afectada y todos llegaron a conclusiones parecidas: al Estado colombiano representado en el Ministerio del Ambiente y las Corporaciones Autónomas Regionales, se les ha salido de control, desde hace mucho tiempo, el problema del ambiente, por muchas razones. Entre ellas, la desidia para enfrentar situaciones catastróficas, la improvisación, la falta de control a los hacendados que desvían el cauce de los ríos para regar los sembradíos extensos, la corrupción, etc.

Y como todos sabemos, esta es una de las muchas otras tragedias anunciadas por las gentes colombianas en diferentes departamentos donde, a la contaminación creciente de las fuentes hídricas, por el vertimiento de desechos de las ciudades, sin debido tratamiento, la concesión de licencias de explotación minera sin control, la explotación petrolera irracional, la falta de sensibilización hacia el campesino para que haga uso adecuado de los agroquímicos, se une la indiferencia ante los terribles efectos del cambio climático, mil veces reportados por los científicos de todo el planeta.

¡
¡Lo que va a parar al río Tejo!

El caso de Ocaña, con sus recursos naturales no renovables, como el agua, y la constante contaminación de las cuencas de los ríos Algodonal y Tejo, debe ya comenzar a preocupar a nuestros despistados gobernantes que, por estar pendientes de su imagen y de los medios de comunicación, de los informes burocráticos al gobierno nacional y de otras naderías, tampoco le ponen atención a lo que ocurre en casa, o se limitan a adelantar acciones que son más publicitarias que efectivas.

 Lavando autos en el río Algodonal.
Foto de Ocaña Hoy

No hay una política coherente, ni en para frenar la tala de los bosques, ni para evitar que se sigan contaminando los ríos y sus afluentes. CORPONOR, desde hace muchos años atrás, tampoco ha mostrado resultados positivos que permitan, al menos, pensar que vamos por buen camino. 

Las invasiones presentadas en áreas verdes, en los cerros que circundan a Ocaña, son desalojadas cuando el daño ecológico ya está hecho, como la última, ocurrida en Bermejal, donde los invasores quemaron el área y destruyeron cultivos.

Los ríos Algodonal (alto Catatumbo) y Tejo, no sólo van disminuyendo su caudal, sino que se han convertido en lavadero a de autos y depósito de basuras. Nada se hace. De nada valen las protestas ciudadanas en los medios radiales, de nada vale el clamor de las gentes.

El viejo puente sobre el río Algodonal, cuando este
era el balneario natural de los ocañeros.
Foto de Elkyn Yaruro

En alguna ocasión, un gerente de CORPONOR afirmó que las críticas que se hacían, provenían de gentes alarmistas que no sabían del asunto. Que el problema de la tala de bosques y la afectación del páramo de la María era algo muy complejo porque allí vivían colonos. Recordamos que TV San Jorge, junto con un nutrido grupo de funcionarios, periodistas y ambientalistas, visitaron aquél páramo para constatar las denuncias hechas, poniéndose e evidencia la gravedad del problema. Pero todo quedó allí porque, en últimas, el responsable directo de toda esta situación, por acción u omisión, es la institucionalidad: léase los alcaldes de los municipios que atraviesan los ríos Algodonal y Tejo y CORPONOR. 

Claro que nosotros, los ciudadanos, también somos responsables porque contaminamos cada día. Pero…y ¿para qué están entonces las autoridades?

LA PRENSA DENUNCIA

DIARIO LA OPINION, DE CÚCUTA:

Crece contaminación ambiental en Ocaña

http://www.laopinion.com.co/demo/index.php?option=com_content&task=view&id=369511&Itemid=28

Ocaña | 15 de marzo de 2011

El ‘Día sin carro’, que se llevó a cabo el 26 de octubre del año pasado; trabajos de reforestación, la adquisición de predios para declararlos reservas forestales y el Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado, entre otras, son algunas de las acciones que se han implementado para crear conciencia ecológica en el municipio. Sin embargo, la problemática ambiental continúa en crecimiento.

El director de Corponor (Ocaña), ingeniero Pedro Pablo Torres, indicó que la contaminación más alta se registra en los afluentes que atraviesan el valle de Los Hacaritamas por el vertimiento de las aguas negras.

“El río Tejo es una cloaca que durante el fuerte verano lo único que arrastra son aguas servidas con excrementos, porque no se han conectado las redes de acueducto y alcantarillado”.

Aunque se ha enterrado tubería, se requiere la instalación de manijas que permitan la conexión con los colectores de las aguas negras.

La administración municipal pignoró recursos de saneamiento básico ambiental y se requieren más de 6 mil millones de pesos para avanzar en la obra.

Expertos en el cuidado del medio ambiente aseguraron que el tratamiento de aguas negras, excrementos y sangre del matadero municipal  se puede mejorar, pero no se cuenta con una planta de tratamiento adecuada.

“Ese vertimiento es controlable. Aunque se cuenta con una planta de tratamiento de aguas residuales, esta no funciona bien. La reubicación del matadero cuesta más de $30 mil millones y no hay recursos económicos”, indicó el director de Corponor.

Contaminación auditiva

En lo referente a la contaminación auditiva se han emprendido campañas encaminadas a erradicar la problemática.

Durante el ‘Día sin carro’ un estudio de sonorización arrojó una reducción de 15 decibeles de sonido en sitios como La Rotina, San Agustín, El Mercado, Dulce Nombre y las esquinas de la Capilla de la Torcoroma, Banco de Bogotá y Crediservir. Un día normal con tránsito vehicular el sonido supera los 78 decibeles.

Los topes permitidos en zonas residenciales es de 70, en lugares en donde funcionan entidades de salud 60 y sectores comerciales de 90 decibeles.

Las autoridades determinaron que durante  los fines de semana y en las horas de la noche los equipos de sonido exceden los límites.

ALGUNOS ESTUDIOS

Una intersante  investigación realiazada por La Universidad Francisco de Paula Santander-Ocaña, Facultad de Ciencias Agrarias y del Ambiente y CORPONOR, titulado "CANTIDAD Y CALIDAD DEL AGUA DEL RÍO ALGODONAL EN EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE EL BATALLÓN DE INFANTERÍA Nº 15 GENERAL SANTANDER Y LA CONFLUENCIA DE LOS RÍOS TEJO - ALGODONA", de 2007, que consta de 92 páginas nos acerca al problema que se ha venido denunciando desde hace muchos años atrás, pero sobre el que no se llevan a cabo acciones contundentes.
Estos son algunos apartes del documento:

"La Cuenca a la que pertenece el río algodonal es considerada a nivel nacional como una Cuenca de carácter prioritario, por ser ésta una Cuenca binacional, debido a que desemboca en el lago Maracaibo (Venezuela). Condición lo convierte en un objetivo de conservación, aumentando así el interés por mantener su caudal al cual que sus condiciones físico -químico y microbiológicas.
En la actualidad este recurso hídrico ha venido presentando una considerable alteración en sus propiedades, producto de la intervención antropica en el ambiente impactando así la cálida de sus aguas. La tala indiscriminada, los cambios bruscos del clima consecuencia de la contaminación y los constantes vertimientos son las causantes directo de su desequilibrio.

En el municipio y poblaciones vecinas, el recurso es utilizado como fuente receptora de aguas servidas, es sumidero de descargas por escorrentía de sustancias tóxicas (agroquímicos), sumadas a otras actividades económicas que modifican sus características y disminuyen su oferta.

10. CONCLUSIONES
La determinación de la calidad y cantidad del agua del río Algodonal en los puntos de muestreo en el tramo comprendido entre el Batallón de Infantería No. 15 General Santander y 200 m abajo de la confluencia ríos Tejo – Algodonal basados en el Decreto 475 de 1998, la norma 1594 de 1984 y los índices de calidad de agua fluvial de Poch (1999), Bascaràn y aplicación de funciones de transformación, reporta las siguientes conclusiones:
Basados en los parámetros microbiológicos obtenidos en los análisis durante los periodos de verano e invierno se interpretó que ésta agua no es apropiada para ninguno de los usos doméstico, agrícola, estético o recreacional de contacto directo, puesto que sobrepasan los límites permisibles dados por la norma 1594 de 1984; por otro lado; según Poch (1999), el gua estudiada tiene características microbiológicas para dos de sus cuatro categorías, la categoría 2 determinada para amplios usos con precauciones; es decir, que tenga potabilización con tratamiento intermedio, puede ser apta para la vida piscícola no tan exigente, para algunas zonas de baño muy localizadas y regadíos no tan exigentes; y la categoría 3 para uso restringido de potabilización con tratamiento avanzado, puede ser apta para peces y riego muy resistentes.
Con respecto a los parámetros físicos se observa que la temperatura no ejerce ninguna alteración en la calidad del agua según la norma y para Poch (1999) el agua es apta para todos los usos exigentes, de fácil potabilización, para la vida piscícola exigente, posibles zonas de baño, regadíos exigentes e interés ecológico; no obstante de acuerdo a los sólidos suspendidos totales es apropiada para amplios usos y usos restringidos en época de verano y sin actitudes en época de invierno.
En lo que se refiere a los criterios químicos son levemente altos con respecto a la norma, pese a esto, con un adecuado tratamiento puede tener calidad para uso domestico y agropecuario. Para Poch el agua es apta para tres de sus cuatro categorías, para amplios usos con precauciones, usos restringidos y potabilización; y usos mínimos, resaltando que la cantidad de oxígeno disuelto sobrepasa ampliamente los límites requeridos para la degradación biológica y química en todas las categorías debiéndose esto al lecho rocoso del río que facilita la oxigenación del agua por el golpeteo de la corriente; y de igual manera los datos del pH están dentro de los rangos permisibles para cada categoría.
En comparación con anteriores estudios realizados, se dedujo que de igual manera el principal problema de contaminación del río algodonal se debe al alto índice de materia orgánica procedente de los residuos animales y del hombre.
Teniendo en cuenta que los caudales no fueron tomados en su totalidad, no fue posible hacer una evaluación comparativa con otros monitoreos debido a la poca representatividad de estos, por lo cual un análisis en estas condiciones no seria real y confiable.
El empleo de una correcta metodología es un buen instrumento de aplicación en el trabajo de campo y en los resultados de parámetros medibles; no obstante su ajuste debe efectuarse considerando las adaptaciones a las condiciones de la zona de influencia y los posibles límites durante el proceso de ejecución, pues de esto depende la veracidad de los resultados.
De la observación y monitoreo para determinar la zona de estudio se encontraron drenajes de agroquímicos y arrastre de materiales procedentes de las áreas de cultivos cercanas al afluente de carácter puntual que evidencian procesos continuos de deterioro en el río Algodonal.
Las condiciones naturales permitieron establecer diferencias claras en el comportamiento por cambios de caudal, valores de parámetros, composición y cobertura en el área de influencia logrando concluir que se requieren ajustar métodos e instrumentos para la determinación de caudales en épocas de altas precipitaciones y obtener resultados más ciertos.
Los resultados de los parámetros físico-químicos y microbiológicos permitieron deducir que en el punto de estudio existe fuerte contaminación por materia orgánica, proveniente de la Granja de la Universidad y que por acción de las lluvias estos van directamente la fuente.
La aplicación de los análisis fisicoquímicos y microbiológicos corroboraron los resultados obtenidos en la interpretación de los índices de calidad y el estudio de los mismos en los dos períodos, cuyo resultado clasifica a la fuente hídrica en este tramo según el PBOT y el decreto 1594 /85 como agua mala y regular y de sus usos restringidos categoría tres a usos mínimos de categoría cuatro.
Faltan procesos de tratamiento en la Institución Educativa que permitan reducir la carga orgánica antes de su vertimiento al recurso hídrico con el fin de contribuir en su recuperación y mejorar las condiciones de vida en el entorno para el buen desarrollo de las especies del Ecosistema.
El río Algodonal se considera altamente contaminado después del punto de confluencia con el río Tejo, ya que existe un aporte de materia orgánica que realiza el Tejo muy elevado afectando las condiciones microbiológicas de este recurso, generando una deficiente calidad ambiental con respecto a estos parámetros.
El río Algodonal en épocas de fuertes lluvias presenta un gran caudal, la velocidad de la corriente es considerable y el transporte de sólidos es notable especialmente de aquellas partículas de suelo, material vegetal, desechos, entre otros que afectan la calidad del agua a causa de contaminación natural en épocas de invierno.
El hierro disuelto en el cauce del río Algodonal se presenta en grandes cantidades ya que existe un lavado de los nutrientes de los suelos de Ocaña que se caracterizan por la particularidad de poseer un color rojizo muy común en estas zonas.
Antes del punto de confluencia del río Tejo con el Algodonal se deduce que el agua es apta para uso pecuario, uso recreacional, uso de conservación de fauna y flora, uso industrial, esto para el periodo de invierno, para el de verano tan sólo se recomienda uso industrial, teniendo en cuenta un previo tratamiento.
La fuente hídrica del Algodonal después de recibir aguas del río Tejo, se considera apta para un uso industrial y pecuario en condiciones de invierno, no obstante no se recomienda ser utilizada para riego de cultivos, especialmente aquellos a base de hortalizas y árboles frutales, o los que su fruta deba consume con cáscara.
Existe una variación de caudal antes y después del punto de confluencia del río Tejo con el Algodonal, siendo el aporte del Tejo muy reducido en el mes de marzo, y considerable en el mes de mayo con unos niveles superiores.
Según el decreto de agua potable 475 de 1998, manifiesta que en cuanto los aspectos microbiológicos el agua presenta una alta contaminación y no puede ser utilizada antes ni después del punto de confluencia del río Tejo con el río Algodonal para actividades de consumo humano".

 LEGISLACIÓN RELACIONADA CON ESTE TEMA


LEY 9 DE 1979
Residuos líquidos
Artículo 10. Todo vertimiento de residuos líquidos deberá someterse a los requisitos y condiciones que establezca el Ministerio de Salud, teniendo en cuenta las características del sistema de alcantarillado y de la fuente receptora correspondiente.
Artículo 22. Las actividades económicas que ocasionen arrastre de residuos sólidos a las aguas o sistemas de alcantarillado existentes o previstos para el futuro serán reglamentados por el Ministerio de Salud.
Artículo 23. No se podrá efectuar en las vías públicas la separación y clasificación de las basuras. El Ministerio de Salud o la entidad delegada determinarán los sitios para tal fin.
Artículo 24. Ningún establecimiento podrá almacenar a campo abierto o sin protección basuras provenientes de su instalación.
Suministro de agua
4 Artículo 70- Para los servicios de captación, almacenamiento y tratamiento de las aguas que abastecen a una población y para el servicio de las plantas de tratamiento de aguas negras, con miras a ejercer un control efectivo o a evitar toda actividad susceptible de causar contaminación, se podrán adquirir los terrenos aledaños en la extensión necesaria.
5 Artículo 137- Serán objeto de protección y control especial:
Las aguas destinadas al consumo doméstico humano y animal y a la producción de alimentos; “Por la cual se dictan medidas sanitarias”
Artículo 70. Corresponde al Ministerio de Salud dictar las disposiciones sobre potabilización del agua.
Artículo 71. Después de potabilizada el agua debe conducirse en tal forma que se evite su contaminación.
Artículo 72. En los proyectos de construcción y ampliación de plantas de tratamiento de aguas, se deben cumplir las normas que expida al respecto el Ministerio de Salud.
Artículo 73. Compete al Ministerio de Salud la aprobación de los programas defluoruración del agua para consumo humano, así como también de los compuestos empleados para efectuarla, su transporte, manejo, almacenamiento y aplicación y los métodos para la disposición de residuos.
Artículo 74. Las sustancias que se empleen en los procesos de potabilización se deben transportar, manejar y almacenar conforme a las regulaciones establecidas en el Título III de la presente ley y demás normas sobre la materia.
Artículo 75. Las conexiones domiciliarias se diseñarán e instalarán de acuerdo con las normas establecidas por el Ministerio de Salud.
Artículo 76. Las entidades administradoras de los acueductos comprobarán periódicamente las buenas condiciones sanitarias de las redes de distribución con muestras de análisis del agua, tomadas en los tanques, hidrantes, conexiones de servicio y en las tuberías.
Artículo 77. Los hidrantes y extremos muertos de las redes de distribución de agua se deben abrir con la frecuencia necesaria para eliminar sedimentos. Periódicamente se debe comprobar que los hidrantes funcionen adecuadamente.
Artículo 78. Al Ministerio de Salud corresponde reglamentar el almacenamiento y distribución de las aguas de consumo humano.
Artículo 79. Facúltese al Ministerio de Salud para que expida las normas que regulen los aspectos contemplados en forma específica en este título.


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